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Derechos de autor

La declaración mundial sobre la propiedad intelectual la define como "cualquier propiedad que, de común acuerdo, se considere de naturaleza intelectual y merecedora de protección". Los derechos de autor son parte de la propiedad intelectual. Son los derechos que uno o varios autores tienen sobre una obra, publicada o inédita, por el hecho de crearla.

Si partimos de la base de que los derechos de autor son los que tienen las personas físicas o jurídicas creadoras de las obras, podemos distinguir tres tipos de derechos de autor:

Los derechos morales (o personales) Los derechos patrimoniales(o económicos) Los derechos afines (o conexos)
Hacen referencia al derecho al reconocimiento de la autoría, al derecho de decidir sobre la divulgación de la obra (también sobre el retiro de la misma) y el derecho de integridad de la misma (y por lo tanto sobre su modificación). Son derechos irrenunciables e inalienables y acompañan al autor durante toda su vida así como a sus herederos. Hacen referencia a los derechos de explotación de la obra en cualquier forma y, especialmente, a los derechos de reproducción, distribución, comunicación pública y transformación que no podrán ser realizados sin el permiso del autor o el derecho de remuneración. Hacen referencia a la protección de la contribución de los intermediarios que ponen las creaciones originales a disposición del público (artistas intérpretes o ejecutantes, productores audiovisuales, organismos de radiodifusión…).
Ejemplo: El derecho de un fotógrafo para decidir si podemos publicar su fotografía en nuestro blog, ya sea íntegra o modificada, reconociendo su autoría. Ejemplo: El derecho de un músico o escritor a explotar su obra y, por lo tanto, a cobrar de la discográfica o editorial por la publicación de la misma. Ejemplo: El derecho sobre la interpretación de una obra de Mozart realizada por la Orquesta Sinfónica de la Región de Murcia.

En el caso de una obra anónima, la autoría será de quien la publique por primera vez hasta que aparezca el autor.

Existen diferentes tipos de derechos que tienen las personas físicas o jurídicas creadoras de las obras:

Morales:

Patrimoniales:

Afines:

  • Paternidad
  • Divulgación
  • Retiro
  • Integridad
  • Modificación
  • Reproducción
  • Distribución
  • Comunicación pública
  • Transformación
  • Contribución de los intermediarios

Los derechos morales son los que recogen aspectos como el reconocimiento del autor o el intérprete de una obra o el derecho a que la obra no sea alterada. Los derechos patrimoniales es lo que se conoce popularmente como copyright, que se representa con el símbolo © y significa que todos los derechos están reservados.

Desde el nacimiento de internet, y sobre todo desde el auge de la web 2.0., la necesidad de compartir conocimientos y reutilizar los materiales creados ha facilitado que se popularicen otros términos como el copyleft, que permite la libre difusión de copias o versiones modificadas de una obra, o las licencias Creative Commons, que permiten a un autor elegir los derechos de copia, reutilización y modificación de su obra.